- Qué hacemos
Procedimiento tributario
Durante mucho tiempo fue habitual hablar de los efectos extrafiscales de los impuestos; hasta era un valor entendido que el primer objetivo de los tributos debía ser intervenir en las actividades económicas de modo que se obtuviese un resultado acorde con las intenciones de las autoridades de turno: fomentar las industrias, promocionar las exportaciones, aumentar el consumo, mejorar la productividad, mejorar la distribución del ingreso, etc…. Actualmente, tal intención dejó de ser prioritaria, y resulta indudable que ha prevalecido el propósito de asegurar y aumentar la recaudación lo más rápida y significativamente posible.Dentro de este marco, las normas legales y reglamentarias en vigencia le fueron otorgando a la Administración Federal de Ingresos Públicos importantes facultades tendientes a agilizar el cobro de las acreencias fiscales y previsionales, delegando en la Dirección General Impositiva la realización de un conjunto de diligencias procesales (embargos, clausuras, ejecuciones, etc.) que no en todos los casos respetan el elemental derecho de defensa de los contribuyentes.
Este sistema sólo despierta temor y desconfianza en la mayor parte de los contribuyentes, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, ya que existe la sensación de que los grandes grupos económicos tienen a mano todas las herramientas necesarias para eludir o rechazar este tipo de arbitrariedades y toda la capacidad de “lobby” imprescindible para garantizarse ciertos privilegios y ventajas.
Frente a este escenario, el contribuyente PyME se encuentra virtualmente desamparado, ya que si bien las autoridades fiscales, con su desmedida avidez recaudatoria, incurren permanentemente en acciones arbitrarias, erróneas y, a veces, hasta ilegales, no encuentra la forma más adecuada y económica de defenderse de esta agresión.
En este sentido, Daniel Reyes & Asociados ha formado un equipo interdisciplinario de profesionales con el conocimiento técnico y la experiencia necesarias para llevar a buen término la defensa de los contribuyentes – en materia tributaria y previsional – en todas las instancias que le sea requerida: sede administrativa, Tribunal Fiscal de la Nación, fuero penal tributario, justicia ordinaria, etc., así como también analizar, evaluar y eventualmente llevar adelante demandas por inconstitucionalidad de determinadas leyes, decretos o normas reglamentarias.
- Preparación de descargos en caso de recepción de intimaciones, aplicación de multas, instrucción de sumarios, etc.
- Solicitud de levantamiento de clausuras, embargos y otras medidas cautelares.
- Confección de recursos de apelación administrativa, judicial y ante el Tribunal Fiscal.
- Impugnación de determinaciones de oficio.
- Preparación de planes de facilidades de pago y presentaciones espontáneas y sus respectivas reformulaciones.
- Impugnación de declaraciones de caducidad de planes de pago.
- Preparación de recursos de repetición de impuestos.
- Interposición de planteos de “litis pendencia”.
- Promoción de acciones declarativas de certeza en casos de interpretaciones arbitrarias por parte del Fisco.
- Confección de recursos de inconstitucionalidad de tributos.
- Patrocinio letrado de los contribuyentes en todas las instancias (administrativa, judicial de primera instancia, cámaras de apelaciones, Tribunal Fiscal, Corte Suprema de Justicia de la Nación).